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Notes:
Declaración de la Comunidad Internacional Bahá'í en el cuadragésimo período de sesiones de la Subcomisión de las Naciones Unidas de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías. Sexto período de sesiones del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas. Tema 5 del programa: Actividades normativas: Evolución de las normas relativas a los derechos de las poblaciones indígenas. Ginebra. 1 a 5 de agosto de 1988.
Language: Spanish.

Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, 1988

by Bahá'í International Community

1988-08
original written in English.
Señora Presidenta,

En este período de sesiones, el Grupo de Trabajo ha empezado una nueva temporada en cuanto a sus esfuerzos. Después de seis años de examen cuidadoso de los problemas y temas concretos con los cuales se enfrentan los pueblos indígenas y sus gobiernos, el Grupo de Trabajo está preparado para comenzar la redacción de una declaración internacional que salvaguarde los derechos y promueva el estatuto de los pueblos indígenas. A lo largo de esos seis años, los miembros del Grupo de Trabajo, y de las numerosas organizaciones indígenas que han contribuido en las actividades del mismo, han mostrado una gran dedicación, sinceridad y buena voluntad al proseguir con sus tareas. Sus esfuerzos están a punto de dar frutos.

La Comunidad Internacional Bahá'í la felicita a Usted, Señora Presidenta, por la preparación de un proyecto bien concebido de un conjunto de principios sirviendo de punto de partida para la discusión. Quisiéramos hacer unos comentarios sobre dichos principios, sobre el contenido de una declaración concerniente a los derechos de los indígenas y sobre el procedimiento de redacción de la declaración.

Para empezar, pensamos que cualquier declaración concerniente a los derechos de los pueblos indígenas debe enfatizar cuatro principios mayores: primero, el respeto por las comunidades indígenas y sus culturas; segundo, el aprecio por la diversidad cultural; tercero, la plena participación de los pueblos indígenas; y cuarto, la cooperación entre los pueblos indígenas y sus gobiernos.

Primero, una declaración tendría que insistir en el derecho que tienen los pueblos indígenas de mantener y desarrollar sus culturas y modos de vida únicos. La declaración tiene, por supuesto, que condenar categóricamente el genocidio, la discriminación legalmente aprobada y otras formas directas de opresión. Pero también tendría que fomentar los esfuerzos que apuntan a erradicar formas más sutiles de discriminación y prejuicio dirigidos contra los pueblos indígenas.

Segundo, la diversidad cultural: los pueblos indígenas han sufrido una opresión terrible porque nuevos colonizadores no toleraban la diversidad, sino que consideraban sus propias culturas como superiores y más avanzadas. El aprecio por culturas y características étnicas distintas es, del punto de vista Bahá'í, un requisito esencial para la eliminación de la discriminación contra las poblaciones indígenas. Por consecuencia, estamos convencidos que una declaración tendría que pedir medidas educacionales que procuran suscitar una conciencia de la diversidad cultural y un aprecio por la misma. Todos -- tanto los pueblos indígenas como los miembros de otras culturas -- tendrían que tener la oportunidad de beneficiar de programas educacionales cuyes metas son la abertura de espíritu y la profundización de la comprensión entre los pueblos indígenas y la sociedad dominante, como también entre los distintos grupos de pueblos indígenas entre sí. Por esas razones, acogemos con beneplácito el principio 11 del proyecto de declaración, adoptado por el Grupo de Trabajo en su último período de sesiones, principio que afirma el derecho de los pueblos indígenas "de promover la información y la educación interculturales, reconociendo la dignidad y la diversidad de sus culturas."

Tercero, los pueblos indígenas deben tener el derecho de participar plena y activamente en sus sociedades nacionales y en decisiones que los afectan. Su participación enriquecerá la vida de sus comunidades nacionales. De más importancia aún es el hecho que eso les permitirá de guiar sus propios destinos. Una participación plena y activa ayudará a los pueblos indígenas a desarrollar la confianza, la voluntad de autonomía colectiva y la habilidad de dirigirse a sí mismos, todas cualidades esenciales para jugar un papel activo cuando se trata de proporcionar un bienestar social, económico y espiritual de más nivel a su gente. Les permitirá de volverse miembros coparticipantes de sus comunidades nacionales, al mismo tiempo que conservarán sus culturas e identidades únicas. Una declaración tiene que pedir medidas que favorezcan el desarrollo de oportunidades para este tipo de participación activa de los pueblos indígenas.

Cuarto y último punto, la cooperación entre los pueblos indígenas y sus gobiernos es esencial. Del punto de vista Bahá'í, el respeto por culturas distintas se alcanza tan sólo si somos capaces de percibir, debajo de nuestras variaciones culturales, nuestra unidad esencial de raza humana única. El respeto mutuo no sucederá por el separatismo o el antagonismo. Los pueblos indígenas sienten un enfado muy comprensible ante las injusticias que han sufrido. Pero la mejora de su situación actual requiere un diálogo nuevo entre los pueblos indígenas y sus gobiernos -- una comunicación positiva cuyo propósito es encontrar medios de promoción de los derechos de los indígenas y de su participación. Una declaración tendría que exigir esta cooperación. Tendría que recomendar la creación de un mecanismo permanente - tal vez un mediador o un sucesor a este Grupo de Trabajo -- a fin de ayudar a los pueblos indígenas y a sus gobiernos a ponerse de acuerdo sobre una base regular de manera que puedan clarificar los problemas y las perspectivas y discutir los remedios y las soluciones de manera constructiva.

Señora Presidenta, la Comunidad Internacional Bahá'í considera que el proyecto que preparó Usted enuncia admirablemente, de manera objetiva y positiva, los cuatro principios que hemos subrayado -- respeto por la cultura indígena, aprecio por la diversidad, participación plena y cooperación. Asimismo como pensamos que una declaración sobre los derechos de 106 indígenas tiene que enfocar estos principios en su esencia, también es nuestra convicción que los mismos tienen que caracterizar el procedimiento de redacción de una declaración. El procedimiento de redacción tendría que reflejar una comprensión de los modos de vida únicos que han cultivado los pueblos indígenas y fomentar esfuerzos para proteger dichos modos. Al redactar la declaración, el Grupo de Trabajo tendría que buscar opiniones de grupos y organizaciones indígenas tan variados como posible, ilustrando así en la práctica el aprecio por la diversidad cultural que la declaración ha de abrazar. Además tendría que fomentar la participación activa de los grupos indígenas en el procedimiento de redacción y favorecer el espíritu de cooperación en esta empresa delicada pero crucial.

Señora Presidenta, es evidente que el Grupo de Trabajo se está esforzando para manifestar las cualidades que acabamos de mencionar. Aplaudimos al Grupo de Trabajo por este logro. Brilla como ejemplo para otros órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas en cuanto a las posibilidades de permitir a las víctimas de discriminaciones -- en este caso, los pueblos indígenas -- de tener una voz que se escucha en medio de los esfuerzos mundiales para mejorar su situación. El Grupo de Trabajo ha enfocado la cuestión de la salvaguardia de la cultura indígena, siempre reconociendo el vasto conjunto con facetas tan múltiples de culturas que merecen protección. Solicitó concienzudamente la participación enérgica de los pueblos indígenas en sus deliberaciones, y también mantuvo un ambiente de buena voluntad y cooperación. Si el Grupo de Trabajo continúa siguiendo el camino que se ha trazado con tanta sabiduría, confiamos en que logrará cumplir con su importante misión.
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